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ESTATUTO DEL COLEGIO DE INGENIEROS FORESTALES DE PICHINCHA
"C I F O P"
CAPITULO I
ART. 1º De conformidad con la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería, su Reglamento de Aplicación, Los Estatutos de la Sociedad de Ingenieros del Ecuador y de la Sociedad de Ingenieros del Ecuador, Zona Norte, Constituyese el Colegio de Ingenieros Fores¬tales de Pichincha, que agrupa a los Ingenieros Forestales que Ejercen legalmente la profesión en la Provincia de Pichincha, con las siglas de CIFOP y con sede en la ciudad de Quito, el mismo que será filial de la Sociedad de Ingenieros del Ecuador y más organismos afines.
El CIFOP tiene ámbito provincial y sus actuaciones son ajenas a toda cuestión de carácter político, partidista, religioso o doctrinario.
ART. 2º El CIFOP está sujeto a las normas del presente Estatuto, a las disposiciones de la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería y su Reglamento de aplicación, al Código de Etica Profesional y más aplicables.